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Los empleados del IMSS, la burocracia dorada

Especiales / Especiales Principal / Slider / 7 marzo, 2023

Por: La Redacción/Agencias

Andrés Manuel López Obrador ha prometido, antes de que concluya su mandato, un sistema de salud pública semejante al de Noruega, pero lamentablemente el sistema de salud del país, lejos de avanzar hacia el modelo noruego, se ha vuelto más ineficiente. Sin embargo, los trabajadores del IMSS, desde empleados de limpieza hasta médicos especialistas, tienen un sistema de prestaciones laborales del cual ni tan siquiera los empleados noruegos disfrutan, pero el nivel del servicio ha ido empeorando en el transcurso de los últimos años, quitando siempre las honrosas excepciones.

El Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social es uno de los gremios laborales más poderosos del país, que ha ido logrando, con el correr de las décadas, un contrato colectivo de trabajo que tiene una serie de prestaciones muy superiores a la Ley Federal del Trabajo, en algunos casos increíblemente desmesuradas, lo que tiene un enorme costo económicos para el erario o, más específicamente, para los patrones y trabajadores que cotizan al IMSS.

En contraste con el enorme gasto laboral y la baja eficiencia de los servicios médicos, el porcentaje que se destina a la inversión en nueva infraestructura y equipamiento es sumamente reducido.

El presupuesto autorizado para el IMSS para 2023 es de un billón 165 mil 698 millones de pesos, de los cuales 400 mil 876 millones de pesos se van al gasto corriente, en el cual se tienen contemplados apenas 14 mil millones de pesos para proyectos de inversión, un 70% más que en 2022, año en el que hubo una inversión ínfima en sustitución de equipo médico y obras de remodelación, ampliación y construcción de nuevas unidades médicas y hospitales.

Para este año se tienen contempladas la remodelación, ampliación y construcción de apenas 11 unidades de medicina familiar y 5 hospitales generales y regionales para todo el país, aún cuando el IMSS ha sido la institución más beneficiada con el incremento del denominado salario mínimo oficial, que aumentó tan solo en este año de 2023 un 20%, mientras que en 2022 se incrementó en 22%, pasando de 147.70 pesos diarios a 207.44 pesos diarios, tarifa con la cual se cotizan los pagos de empresarios y trabajadores al IMSS.

ENORMES PRESTACIONES

  1. Vacaciones

De acuerdo al contrato colectivo de trabajo vigente, un trabajador del IMSS tiene un periodo de 16 días hábiles de vacaciones al primer año de trabajo y un día más por cada año laborado, hasta alcanzar 20 días hábiles de trabajo (clausula 47).

Pero tiene una “Ayuda para actividades culturales y recreativas” por el equivalente de 23 hasta 31 días de salario, por cada periodo vacacional, dependiendo de su antigüedad (clausula 47).

A los 20 años de antigüedad tiene derecho a un periodo extraordinario de vacaciones de 10 días hábiles, con la correspondiente “Ayuda para actividades culturales y recreativas”, pero si quiere renunciar a estas tiene derecho a un tercer periodo vacacional de 15 días hábiles adicionales, con lo cual el periodo de vacaciones anuales se puede extender hasta 45 días hábiles (clausula 47). Todo esto es adicional a la prima vacacional de ley.

Un trabajador de enfermería alcanza los 20 años de antigüedad cuando tiene en promedio de 40 a 43 años de edad y un médico familiar cuando tiene en promedio de 45 a 47 años de edad.

En caso de que durante el periodo de vacaciones el trabajador llegara a enfermarse, el IMSS le repone los días que haya perdido de sus vacaciones, con lo cual basta presentar un certificado extendido por un médico, lo que entre médicos y enfermeras es algo muy fácil de obtener.

2.-PERMISOS

Un trabajador tiene derecho a solicitar permisos económicos hasta por 3 días con goce de sueldo, para atender problemas de orden familiar o personal que considere urgentes a juicio del mismo (clausula 39). Dicho permiso puede ser solicitado en varias ocasiones durante el transcurso del año.

En caso de padecer una enfermedad no profesional, tiene derecho a solicitar un permiso de hasta 52 semanas y extender el mismo por 26 semanas más (clausula 41), lo que está condicionado al criterio del médico tratante que, habrá que recordarlo nuevamente, entre personal de enfermería y de médicos es relativamente fácil obtener favores y prolongar estos periodos más allá del tiempo necesario.

3.-INDEMINIZACIONES

En caso de que un trabajador del IMSS sea despedido de manera injustificada, lo que es muy difícil que ocurra debido a la protección sindical pero llega a suceder, tiene derecho a ser reinstalado en su puesto, pero también a solicitar su indemnización, que deberá ser de acuerdo a la ley laboral, pero en este caso tendrá derecho hasta 50 días de su último salario por cada año laborado, cuando la LFT establece sólo 20 días, además de recibir el equivalente a 150 días hábiles de salario de acuerdo a su última categoría (clausula 56).

4.-AYUDA PARA RENTA Y VIVIENDA

Todo trabajador tendrá derecho a una ayuda mensual de hasta 500 pesos para el pago de renta, pero además al pago del 64.5% de 60 hasta 270 días de salario, de una antigüedad que va de 5 hasta 40 años, libres de impuestos (clausula 63 bis).

Se tiene derecho adicionalmente a créditos para vivienda y para adquisición de automóvil (clausula 81), además de créditos para la escrituración de la vivienda (clausula 81 bis).

5.- DEMANDAS, ARRESTOS Y FIANZAS

Si el trabajador es demandado por alguna causa relacionada a su trabajo, como puede ser negligencia, no importando la gravedad de la misma, el IMSS tiene la obligación de proporcionarle al trabajador los gastos de defensoría legal, los traslados y en general los gastos específicos que le representen tal demanda (clausula C-101).

  1. LA LAVANDERÍA POR CUENTA DEL IMSS

El Instituto proporcionará ropa especial, uniforme y calzado, de buena calidad y acorde al clima de cada región, así como servicio de lavandería a los trabajadores que lo necesiten por la naturaleza de sus labores (cláusula 69).

Si el servicio de lavandería no puede ser proporcionado por el Instituto, este le otorga a cada trabajador una compensación económica equivalente al costo del servicio en lavanderías comerciales.

  1. ASISTENCIA MÉDICA PARA TODOS

Tanto trabajadores, parejas, hijos y padres de los trabajadores están respaldados por el IMSS para cualquier asistencia médica, dental, quirúrgica, obstétrica y farmacéutica que requieran.

La asistencia médica de los hijos varones puede llegar a extenderse hasta los 25 años si continúan estudiando y el de las hijas cuenta con una extensión igual siempre y cuando no estén casadas o en unión libre.

Si los hijos no se pueden mantener por sí mismos por cuestiones de inhabilitación, enfermedad crónica, física o psíquica, la prestación se extiende indefinidamente (cláusula 74).

Para un derechohabiente del seguro social, la asistencia médica para sus hijos se limita a los 16 años y para sus padres sólo es aplicable si dependen económicamente de él.

8.- BONO POR TRABAJO EXTRA

A trabajadores Médicos, Estomatólogos y Cirujanos Máxilo-faciales se les concede una compensación del 20% del sueldo tabular si destinan parte de su jornada o en adición a ella a la visita de derechohabientes en clínicas o a domicilio (cláusula 86).

9.- JUBILACIÓN TEMPRANA PARA TODOS

Una vez cumplidos los 30 años de servicio, cualquier trabajador del sindicato, sin importar su edad, puede jubilarse con la cantidad máxima de pensión (cláusula 110).

No obstante, los jubilados podrán ser contratados por el instituto posteriormente para trabajos especiales (cláusula 110 Bis).

Un derechohabiente del IMSS, por su parte, puede solicitar su pensión de retiro cuando tenga un mínimo de mil 250 semanas de cotización y menos de 60 años.  Su pensión de cesantía en edad avanzada cuando tenga al menos 60 años cumplidos y un mínimo de 500 semanas cotizadas en el seguro social. Pero no puede volver a trabajar como asalariado porque le suspenden su pensión.

  1. LOS HIJOS DE LOS SINDICALIZADOS VAN PRIMERO

Los trabajadores del Instituto, sus hijos y los hijos de jubilados tienen preferencia de ingreso sobre otros candidatos en las Escuelas de Medicina, Enfermería, Técnicas Paramédicas y Técnicas Administrativas del Instituto (cláusula 116).

11.- SUPER AGUINALDOS

Mientras un trabajador común tiene derecho a un aguinaldo anual de 15 días de salario como mínimo, un trabajador del IMSS goza de un aguinaldo de tres meses de su salario nominal. (cláusula 107).

Además, este monto está libre de cualquier impuesto ya que el IMSS se encarga de pagarlos todos.

EMPEORAN LOS SERVICIOS DE SALUD

Así, mientras la burocracia dorada del IMSS sigue operando con tan excelentes prestaciones laborales, el sistema de salud del país se ha venido deteriorando progresivamente, primero por la falta de recursos suficientes para su expansión y, segundo, por la destrucción de sistema anteriores que, aún con ciertas deficiencias, estaban atendiendo a la población, como el Seguro Popular.

Se repite el esquema de destruir instituciones sin tener la capacidad de crear en su lugar otras nuevas que las sustituyan, actuando con una enorme irresponsabilidad social, pero cubriendo esta con demagogia y mentiras sistemáticas divulgadas de forma masiva.

En su último informe correspondiente a 2022, el Coneval dio a conocer que en 2018 el 16.2% de la población del país (21.1 millones de personas) no tenían acceso a servicios de salud, pero sólo dos años después este porcentaje se elevó al 28.2%, lo que equivale a 35.7 millones de habitantes.

Este incremento se dio entre la población de menores recursos, cuyos ingresos trimestrales van de los 9 mil 938 a los 16 mil 862 pesos por familia, con un impacto más fuerte en zonas rurales.

Los estados con un mayor aumento en el déficit de servicios de salud son Oaxaca, Guerrero, Chiapas y Michoacán, todo ellos gobernados por Morena.

De acuerdo con el informe del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, una de las principales causas ha sido la toma de decisiones fallidas y la falta de normatividad por parte del gobierno de Andrés Manuel López Obrador, que eliminó la Comisión Nacional de Protección Social en Salud (encargada de operar el Seguro Popular en 2019), la posterior creación del llamado Insabi y las reformas constitucionales al Artículo 4 Constitucional, pero sin emitir documentos que den una normatividad que regule la operación de las nuevas instancias.

El año pasado, nuevamente se modificó el esquema de salud al proponer el programa IMSS-Bienestar, sin que se haya emitido el reglamento respectivo, ni definir los mecanismos de coordinación entre la Secretaría de Salud con el Insabi, el nuevo esquema de estos y su coordinación con los 32 estados de la federación, según lo señala el Coneval.

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